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Certificado Energético – Introducción

Cumplimiento de una directiva comunitaria La casa que se alquile o venda desde el 1 de junio de 2013 requerirá etiqueta energética El Gobierno dará ayudas para mejorar la eficiencia y renovar calderas El Gobierno obligará a partir del 1 de junio de este año 2013 a poner a disposición de los compradores o arrendadores de edificios o de parte de los mismos -para alquileres con una
duración superior a cuatro meses- un certificado de eficiencia energética del inmueble en su conjunto o de sus viviendas en particular. Una medida que responde a una exigencia comunitaria y llega con muchos meses de retraso. El Consejo de Ministros ha aprobado, dentro de las medidas de apoyo a la vivienda y rehabilitación adoptadas, un Real Decreto para trasponer a la normativa española el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de los edificios. Este certificado, además de la calificación energética del edificio, deberá incluir información objetiva sobre las características energéticas de los edificios, y, en el caso de edificios existentes, documento de recomendaciones para la mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia energética del edificio o de una parte de éste, de forma que se pueda valorar y comparar la eficiencia energética de los edificios.

Nuestra empresa GRUPO PREVALUA da respuesta y realiza  este CERTIFICADO.

Será la obligación para todo el propietario de viviendas que vendan o alquilen un INMUEBLE,  deberán contar con este documento que refleje lo eficiente que es su casa, local, nave, oficina etc, en cuanto al consumo energético.

Este CERTIFICADO ENERGETICO será exigible en dos meses “para los contratos de Compraventa o arrendamiento”. La nueva fecha del 1 de junio supone un retraso respecto al 1 de enero pasado que figuraba en el borrador anterior. Por tanto a partir de junio será obligatorio poner a disposición de los compradores o arrendadores de edificios o de parte de los mismos, para alquileres con una duración superior a cuatro meses, un certificado de eficiencia energética este certificado, además de la calificación energética del edificio, deberá incluir información objetiva sobre las características energéticas de los edificios, y, en el caso de edificios existentes, documento de recomendaciones para la mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia energética del edificio o de una parte de este, de forma que se pueda valorar y comparar la eficiencia energética de los edificios, con el fin de favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía.

Igualmente, y como actuación ejemplarizante de las administraciones públicas, el real decreto obliga a que todos los edificios o partes de los mismos, en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 500 m2 inicialmente que sean frecuentados habitualmente por el público, dispongan del certificado de eficiencia energética y exhiban su etiqueta de eficiencia energética.

 

¿Quién emitirá el certificado energético y qué se medirá?

El borrador de real decreto con el que trabaja el ministerio de industria indica que el certificado de eficiencia energética ha de ser otorgado por un técnico habilitado para la realización de proyectos de edificación o de sus instalaciones térmicas, en base a un programa informático de certificación reconocido oficialmente.

eficiencia energéticaEl ministerio de industria convocó un concurso público para desarrollar una herramienta con la que llevar a cabo el proceso, el adjudicatario fue el consorcio formado por el centro nacional de energías renovables (cener) y la empresa pública miyabi, que ya cuenta con un programa informático disponible para llevar a cabo este tipo de cálculos.

Los criterios que se siguen a la hora de cuantificar la eficiencia energética de una casa. “la herramienta estudia la envolvente del edificio, analiza los cerramientos, los sistemas de Iluminación, bombeo y generación térmica, así como la ventilación, entre otros mediante una simulación, se valora lo eficiente que es una vivienda en cuanto a su consumo de energía con un gran ahorro de tiempo.

La novedad de la norma es que se exigirá para las cientos de miles de viviendas usadas que se venden o alquilan en España, algo que ya “realizan” los promotores de edificios nuevos que deben certificar sus nuevas viviendas desde que entró en vigor el código Tecnico.

El proyecto de normativa señala que la etiqueta de eficiencia energética debe ser incluida en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento de una vivienda.

Por tanto, todo el que a partir de la entrada en vigor de esta ley desee vender o alquilar una casa en España, tendrá que disponer del mencionado certificado.

 

La necesidad de contar con la etiqueta le hará incurrir en dos tipos de gastos:

1)     El propio de obtener el certificado. Aún se desconoce el coste concreto que puede alcanzar para el usuario tramitar el certificado energético.

2)      “Se trata de un mercado libre y lo decidirá la ley de la oferta y la demanda”,

3)     Sin embargo, si nos fijamos en otros países europeos que ya cuentan con esta normativa, como es el caso de Italia, el coste del certificado energético supone unos 250 euros para un piso medio de 100 m2.

4)     Este coste podría rebajarse si toda la Comunidad o Promoción acomete el estudio del edificio en conjunto, lo que además sería bueno para tomar medidas de mejora globales, como en los sistemas de calefacción o iluminación de muchos edificios.

 

La gran mayoría de viviendas construidas antes de la entrada en vigor del código técnico de edificación de 2007 obtendrán una mala puntuación en el estudio, por lo que a los propietarios no les quedará más remedio que acometer una serie de obras de mejora si quieren aumentar el atractivo de su vivienda. El certificado energético pondrá una nota a cada vivienda de la ‘a’ la ‘g’ como los electrodomésticos, “una vivienda con una eficiencia energética ‘a’ puede reducir su factura un 20%-30% respecto de una vivienda calificada como ‘c’ o ‘d’, por lo que la inversión que supone hacer más eficiente a la vivienda se amortiza en unos cinco años”.

 

BENEFICIOS PARA EL COMPRADOR E INQUILINO

Quien pretenda comprar o alquilar, ya que estará mejor informado sobre la eficiencia energética de la vivienda y, por tanto, sobre lo que le costará la factura eléctrica, un factor que entrará en escena a la hora de decidirse por una casa u otra, al igual que ahora ocurre con los electrodomésticos.

 

PROCESO DEL CERTIFICADO ENERGÉTICO

El proceso de certificación energética de un inmueble es una labor compleja que, exige:

v     -Una visitas de inspección al inmueble a certificar pues será obligatoria su presencia para la toma de datos y el análisis de la construcción

v     -La utilización de aparataje específico para el cálculo exacto.

v     -El levantamiento del plano del inmueble y determinar la orientación del mismo.

v     -Recopilación de los datos administrativos y catastrales del inmueble, de los materiales componentes, de sus fachadas el tipo y la calidad de los cerramientos, tanto de los opacos (muros exteriores) como de los acristalados (ventanas y similares) determinando, o estimando de acuerdo a su experiencia profesional, la tipología constructiva existente en la vivienda.

v     – Debe analizar y recopilar datos de las instalaciones térmicas generadoras tanto de calor como de frío, es decir, de las calderas (tanto individuales como colectivas) de calefacción y agua caliente sanitaria y de los sistemas de refrigeración (si existen).

v     Analizara el entorno cercado, analizando el posible sombreado que éste ejerce sobre el inmueble.

v     -El cálculo de la eficiencia energética del inmueble antes analizado, será realizado por personal técnico titulado, con formación específica.

v   -La entrega al cliente de dos copias del certificado energético que recoge todos los datos anteriores y que es válido para los siguientes diez años.

 

COMO SOLICITAR EL CERTIFICADO

Nuestro sistema de trabajo consiste en unos sencillos pasos que se detallan en nuestra WEB

Solo necesita acceder al cuestionario de inscripción, rellenar cuidadosamente los datos que se le piden y en un plazo de 24 horas se le comunicara  por mail el presupuesto y las fechas de la visita al inmueble para su visita.

Cada presupuesto, además de la cifra ofertada, llegará con una breve descripción de la cualificación del técnico que la emite, así como otros productos y servicios incluidos.

Usted puede rechazar o aceptar en el acto el presupuesto.

Si decide aceptar el presupuesto se le pedirá que pague un pequeño porcentaje del importe del presupuesto, tras lo que el  técnico elegido se pondrá en  contacto con usted para visitar el inmueble y recolectar sus datos.

Se le entregará el informe resultado de la certificación energética de su inmueble en un plazo máximo de cuatro días después de efectuar la visita. Se le notificara vía mail la finalización del informe. Para poder recibirlo deberá  hacer el pago del resto de la cantidad que ha aceptado por medio de trasferencia bancaria. Este pago  se nos enviara por fax o mail, e inmediatamente recibirá el informe en PDF. Las dos copias en papel de los informes  se enviaran a su domicilio por correo (*)

Si tiene usted urgencia en disponer de la documentación porque tiene que cerrar una venta o un alquiler o el notario se la ha pedido, puede optar por nuestro  SERVICIO RAPIDO  que consiste en que, de modo excepcional se le entregara su  certificación energética en 48 horas desde que usted  acepte y pague el presupuesto.

Y una vez terminado y abonado el trabajo, usted valorará la labor del técnico calificando en una escala aspectos objetivos del servicio que ha recibido, mediante una pequeña encuesta online.

 

ESCALAS DE CALIFICACIÓN ENERGETICA

La calificación energética en edificios es, entre otros, el resultado del proceso de certificación energética de un inmueble. Este proceso culmina con la expedición de un certificado de eficiencia energética que contiene dicha calificación, en una escala que va desde la A (la mejor) a la G. Supone una valoración sobre la forma en que el inmueble optimiza el consumo de energía, y cuyo cálculo corresponde a un técnico competente. La valoración considera, entre otros, factores como el aislamiento de ventanas y cerramientos, el rendimiento de sistemas de calefacción y aire acondicionado, o las necesidades energéticas del edificio para alcanzar las condiciones normales de confort térmico o lumínico.

ESCALAS DE CALIFICACIÓN ENERGETICA

ESCALAS DE CALIFICACIÓN ENERGETICA

 

La calificación energética de viviendas y edificios es un valor de una escala de siete niveles entre la letra A y la G, donde la nota A corresponde al mayor nivel de eficiencia energética. Los procedimientos prefijados de cálculo permiten comparar de forma objetiva edificios similares y determinar así cual es más eficiente desde el punto de vista del consumo energético. Reducir las emisiones de CO2 y el consumo energético global son los objetivos finales perseguidos en un sector, como el de la edificación, que según estimaciones supone el 40% del consumo total de energía en Europa.

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